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REQUISITOS

La Cámara de Comercio de Quibdó le informa que la Superintendencia de Industria y Comercio expidió la Circular 19 del 31 de agosto de 2011, aplicable a los comerciantes que cumplan los requisitos previstos por el legislador para ser pequeña empresa,  que se registraron en el período comprendido entre el 29 de diciembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011 y que pretendan acogerse a los beneficios prescritos en el Art. 7 (progresividad en la matrícula mercantil y renovación) de la Ley 1429 de 2010  y el Art. 1 del Decreto Reglamentario 545 del 28 de febrero de 2011.

Teniendo en cuenta que usted registró su empresa en este período, le informamos que si  desea acogerse a estos beneficios, debe  actualizar su información y cumplir los siguientes requisitos:
Diligenciar sólo en las casillas que allí se le indican, el formulario de Registro Único Empresarial (se adjunta a esta comunicación), el cual debe ser firmado por el representante legal de la sociedad o el comerciante persona natural.

Presentar este formulario en las taquillas de las sedes de la CCQ (Quibdó o Istmina).
En nuestra entidad analizaremos si cumple con los requisitos para ser beneficiario de la ley o si está dentro del régimen de excepción, igualmente adjunto a esta comunicación.

En caso de cumplir con los requisitos, se publicará en el certificado su condición de pequeña empresa y podrá obtener la devolución de los derechos que sufragó por concepto de matrícula mercantil del comerciante.

Para mayores informes puede comunicarse con la Línea de Orientación: (4) 6709047, ext. 204, o  consultar nuestra página web www.cccq.org.co . Si usted ya reportó esta información, favor hacer caso omiso de la misma.

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