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REQUISITOSLa Cámara de Comercio de Quibdó le informa que la Superintendencia de Industria y Comercio expidió la Circular 19 del 31 de agosto de 2011, aplicable a los comerciantes que cumplan los requisitos previstos por el legislador para ser pequeña empresa, que se registraron en el período comprendido entre el 29 de diciembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011 y que pretendan acogerse a los beneficios prescritos en el Art. 7 (progresividad en la matrícula mercantil y renovación) de la Ley 1429 de 2010 y el Art. 1 del Decreto Reglamentario 545 del 28 de febrero de 2011.
Presentar este formulario en las taquillas de las sedes de la CCQ (Quibdó o Istmina). En caso de cumplir con los requisitos, se publicará en el certificado su condición de pequeña empresa y podrá obtener la devolución de los derechos que sufragó por concepto de matrícula mercantil del comerciante. Para mayores informes puede comunicarse con la Línea de Orientación: (4) 6709047, ext. 204, o consultar nuestra página web www.cccq.org.co . Si usted ya reportó esta información, favor hacer caso omiso de la misma. |
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